Número De Identidad De Extranjero (N I.e.)
Los extranjeros que se relacionen con España por razón de sus intereses económicos, profesionales o bien sociales podrán solicitar personalmente el NIE.
Para permanecer en España por menos de 3 meses los ciudadanos comunitarios precisan únicamente estar en posesión de su pasaporte o documento de identidad en vigor.
Si la estancia es superior a tres meses el ciudadano está obligado a solicitar su inscripción en la Oficina de Extranjeros de la Comisaría de Policía más cercana a su vivienda.
Aquellos extranjeros que, por sus intereses de tipo económico, profesionales o bien sociales se relacionen con España, podrán conseguir, anterior solicitud y a efectos de identificación fiscal un Número de Identidad de Extranjero (NIE).
El NIE es el documento personal que permite que el ciudadano extranjero pueda efectuar aquellos trámites que demanden su identificación fiscal ante la Agencia Tributaria de España (actos como: firmar un contrato de trabajo, abrir una cuenta bancaria, etcétera).
Este NIE es personal, único y exclusivo, es de carácter secuencial y sirve como Número de Identificación Fiscal (NIF). Y puede ser certificado con un carácter permanente o bien con un carácter solo temporal.
Procedimientos para solicitud del NIE
1.- NIE certificado con carácter permanente
Se notifica que NO es posible pedir este género de NIE con certificado de carácter permanente a través de un Consulado ESPAÑOL EN EL EXTRANJERO.
Este NIE que se expidecon un certificado de carácter permanente es para aquellos ciudadanos extranjeros que van a residir durante un tiempo en España (por el hecho de que van a proseguir un curso de estudios, van a firmar un contrato de trabajo, ejercer una actividad remunerada, inscribirse en un colegio profesional, etc. y resulta preciso toda vez que el periodo de vivienda sea superior a tres meses.
Estos ciudadanos pueden pedir su NIE, en cualquier instante antes de que transcurran los primeros 90 días desde su llegada a España, personalmente o bien mediante un representante debidamente autorizado.
Este NIE se pide en exactamente el mismo instante en que realicen su inscripción obligatoria en la Oficina de Extranjeros más cercana a su domicilio, a través del servicio de cita previa:
- Cita anterior telefónica: 060
=> ‘seleccionar provincia’ / ‘autoriz.residencia larga duración UE’ / ‘aceptar’
y seguir el resto de instrucciones.
En ese día de la cita obtendrán a la vez: un “certificado de registro de extranjero”, y se les facilitará también su nº de NIE con certificadopermanente.
En el caso de ciudadanos extracomunitarios va a ser necesaria una semana o diez días para gestionar su expedición.
Ø Los ciudadanos comunitarios solo necesitan su pasaporte o documento nacional de identidad en vigor para permanecer provisionalmente en España. No es preciso el NIE.
Ø Pero si deben conseguir un NIE por el hecho de que el solicitante tiene previsto abrir una cuenta corriente, o bien firmar un contrato de trabajo, o ejercer una actividad profesional en España, NO podrá presentar su solicitud de NIE a través de este Consulado, sino que va a deber hacerlo de manera directa al anotarse en la Oficina de Extranjeros en España, ya sea personalmente o bien por medio de un representante correctamente autorizado.
Ø El NIE lo conseguirá inmediatamente el mismo día de la cita (van a ser diez días en el caso de los ciudadanos extracomunitarios)
2.- NIE certificado con carácter temporal
Existe también el NIE con certificado de carácter temporal, que tiene una valía de solo 3 meses, y está previsto para aquellos extranjeros que en ningún momento piensan radicar ni siquiera escuetamente en España mas que, sin trasladarse a vivir a nuestro país, deben realizar un acto puntual con relevancia fiscal en España. Algo que harán en solo uno o bien varios escasos días día de viaje y estancia (por ejemplo: comparecer ante un notario para percibir una herencia, o bien para firmar la compra de una casa, etcétera).
También ellos podrían, si de esta forma lo desean, presentar su petición de NIE (con ocasión de algún viaje temporal que efectúen a España) directamente en una Oficina de Extranjeros, usando el citado servicio de cita previa, y sin tener que realizar en un caso así su inscripción como residentes en el Registro de Extranjeros de la Policía de esa urbe.
Pero, si lo prefieren, asimismo podrán presentar su solicitud de NIE ante el Consulado General de España en cuya demarcación consular residan, para lo que van a deber comparecer personalmente o bien mediante un representante adecuadamente acreditado, y acreditar su identidad y el motivo por el cual necesitan la expedición de NIE.
Una vez recibida correctamente su solicitud, el Consulado va a hacer llegar la petición de NIE a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras en Madrid y va a ser el Registro Central de Extranjeros quien asignará el NIE al ciudadano extranjero, con un certificado de validez para sólo tres meses.
Requisitos para presentar la solicitud PERSONALMENTE en el Consulado:
ü Documento de identidad o pasaporte en vigor, el original y una fotocopia simple.
ü Pago necesariamente en efectivo en el Consulado de la tasa por asignación de NIE (actualmente: 9,54 €. y en el caso de renovación: siete con diez €. –estos importes están sujetos a revisión periódica-)
Se cumplimentarán solamente los campos de identidad y domicilio, y el ‘check’ correspondiente al tipo de documento solicitado: ‘Asignación de NIE a instancia del interesado’ o bien ‘Certificados o informes emitidos a instancia del interesado’ (conforme sea solicitud de un NIE nuevo, o bien renovación de uno precedente). El programa rellenará abajo el importe a pagar, y hay que indicar como forma de pago: ‘En efectivo‘
ü El certificado se mandará al correo electrónico que haya indicado el demandante y tendráuna validez de sólo 3 meses
En caso de solicitud mediante representante, se precisa además original y copia de los documentos de identidad de titular y de representante, y un escrito firmado del titular con la autorización.
Se notifica que, desde la presentación inicial de la solicitud de NIE en el Consulado hasta que el ciudadano extranjero pueda disponer de un certificado con su número de identidad (NIE) acostumbran a pasar como mínimo unos diez días, necesarios para realizar todas y cada una de las gestiones que requiere su tramitación.
Una vez presentada la petición y cuando ya ha sido mandada a la Dirección General de Extranjería y Fronteras por vía telemática, este Consulado NO tiene acceso a ninguna información sobre cuál es el estado de tramitación del NIE, ni posibilidad alguna de agilizar su tramitación, que se efectúa exclusivamente por:
Comisaría General de Extranjería y Fronteras,
Calle General Pardiñas, N.º noventa,
Tfo. +34 913 22 34 00
Ø En el Consulado solo se puede solicitar el NIE con certificado de carácter temporal, para efectuar un acto único y concreto que exija la identificación fiscal en España.
Ø La petición se puede presentar personalmente o a través de un representante adecuadamente autorizado, y hay que explicar el motivo que justifica la solicitud de NIE. pedir cita para renovar nie
Ø El NIE tarda unos diez días, y se expide por correo-e por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras desde la capital española. El certificado tiene una valía de tres meses.
Solicitud de Certificados para extranjeros:
Un procedimiento afín es de aplicación para la petición de Certificados de Residente / No Residente en España:
Ø DNI o pasaporte en vigor y una copia simple.
Ø Certificado, tarjeta de residencia española o bien otro documento oficial en el que conste el NIE y una fotocopia simple.
Ø Pago necesariamente en efectivo en el Consulado de la tasa por expedición de certificados o informes (siete con diez € – importe están sujeto a revisión periódica-).
Para efectuar el pago es obligatorio asistir con el pertinente
Se cumplimentarán solamente los campos de identidad y domicilio, y el ‘check’ correspondiente al tipo de documento solicitado: ‘Certificados o informes emitidos a instancia del interesado’. El programa rellenará abajo el importe a abonar, y hay que señalar como forma de pago: ‘En efectivo‘
El certificado se mandará al e mail que indique el demandante y tiene una validez de 3 meses.
Se puede conseguir más información de manera directa en la Web del Ministerio del Interior:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social - Portal de Inmigración: